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DAU 09/052
Edición F
12.
Evaluación de la adecuación
al uso
Vistas
las
siguientes
evidencias
técnicas
experimentales
obtenidas
durante
la
elaboración
del
DAU
09/052
siguiendo
los
criterios
definidos
en
el
Procedimiento
Particular
de
Evaluación
del
DAU
09/052,
elaborado por el ITeC:
·
resultados de los ensayos y cálculos,
·
información obtenida en las visitas de obra,
·
control de producción de Knauf GmbH España,
·
criterios de proyecto y detalles constructivos de
los
sistemas,
·
instrucciones
de
montaje
y
ejecución
de
los
sistemas
y
teniendo
en
cuenta
la
metodología
prescrita
por
el
Reglamento
del
DAU,
la
autorización
y
registro
del
ITeC
para
la
concesión
del
DAU*
y
lo
indicado
en
el
apartado
5.2
del
artículo
5
del
Código
Técnico
de
la
Edificación
,
relativo
a
la
evaluación
de
productos
y
sistemas constructivos innovadores
,
se
considera
que
el ITeC tiene evidencias para declarar que los sistemas
Aquapanel
®
WM311C
y WM411C
compuestos por:
·
las
placas
de
cemento
Aquapanel
®
Outdoor
fabricadas
por
Knauf
Aquapanel GmbH & Co.
KG
en la planta de producción de Iserlohn
(Alemania),
las
placas de yeso laminado
A
y
A+BV
fabricadas
por
Knauf
GmbH
España
en
las
plantas
de
producción
de
Guixers
(Lleida)
y
Escúzar
(Granada),
·
los
perfiles
de
las
subestructuras,
elementos
de
fijación,
láminas
impermeables
y
placas
aislantes
comercializados por Knauf GmbH España,
y
ejecutado
de
acuerdo
a
las
instrucciones
y criterios
que
constan
en
este
DAU,
es
adecuado
para
la
construcción de:
·
cerramientos completos o integrales de fachada no
ventilada con revestimiento exterior continuo,
puesto
que
cumple
con
los
requisitos
reglamentarios
relevantes en materia seguridad estructural, protección
contra incendios, salud e higiene,
aislamiento acústico
y
térmico,
así
como
los
requisitos
de
durabilidad
y
servicio.
En consecuencia, y una vez sometido este documento
a
la
consideración
de
la
Comisión
de
Expertos
y
recogidos
los comentarios
realizados por
la
Comisión,
el
ITeC
otorga
el
DAU
a
los
sistemas
Aquapanel
®
WM311C
y WM411C
de Knauf GmbH España.
La
validez
del
DAU
queda
sujeta
a
las
acciones
y
condiciones
de
seguimiento
que
se
especifican
en
el
capítulo 13 y a las condiciones de uso del capítulo 14.
______________
(*) El ITeC es un organismo autorizado para la concesión del DAU (BOE 94, 19 abril 2002) para productos de construcción (edificación e ingeniería civil) y
está inscrito en el Registro General del CTE:
www.
codigotecnico.
org/index.
php/menu-04-registro-general-organismos/menu-organismos-autorizados.